ADDENDA

CONVENIO ENTRE LA SUBSECRETARIA DE REGULARIZACION
DOMINIAL Y HABITAT Y EL COLEGIO DE ESCRIBANOS

Entre la Subsecretaría de Regularización Dominial y Hábitat, en su condición de Autoridad de Aplicación de las normas de Regularización dominial (Ley Nacional n° 24.374, Provincial n° 8.031, modificatorias y reglamentarias), representada por el Señor Subsecretario Ingeniero Civil Gustavo Raúl Usandivaras, D.N.I. N° 16.423.080, autorizado a tal efecto mediante Decreto 1.523/1(MC), de fecha 29 de junio de 2.012, con domicilio para los efectos legales en calle Laprida N° 55, de esta ciudad y el Colegio de Escribanos de Tucumán, en su condición de Prestador de Servicios, representado por el Escribano Arcadio Molina y la Escribana Silvia frene Parajón de Dalton, como Presidente y Secretaria General respectivamente, con domicilio legal en calle Crisóstomo Alvarez N° 465, de San Miguel de Tucumán, en el marco del Convenio suscripto a tenor de lo dispuesto por el Decreto N° 822/1, de fecha 05 de abril de 2.010, suscriben la presente Addenda por la que se reemplaza el acápite D) por el siguiente.

"D) COSTO DEL SERVICIO: Dada la naturaleza del plan de regularización dominial y los objetivos propuestos y compartidos por los contratantes, se fija un monto de $ 500.- (Pesos Quinientos), en concepto de gastos de honorarios por cada escritura de regularización dominial inscripta, conforme lo normado por el Decreto N° 1.430121-MAS del 23106/97. Dicha suma deberá ser abonada por el Beneficiario, ingresando mediante depósito bancario en una cuenta abierta al efecto por el Colegio de Escribanos".

En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de San Miguel de Tucumán a los 05 días del mes de Julio de 2012.